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CAMBIOS A LA PAROLE Y POLÍTICAS DE REMOCIÓN EXPANDIDAS QUE AFECTAN A NACIONALES CUBANOS

 WASHINGTON - Hoy(Enero 12 de 2017), el Secretario de Seguridad Nacional Jeh Johnson anunció varios cambios en las políticas y reglamentos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que afectan a los nacionales cubanos. Estos cambios reflejan el restablecimiento de las relaciones diplomáticas completas con Cuba y otros pasos concretos hacia la normalización de las relaciones entre Estados Unidos y Cuba, así como el acuerdo de Cuba para aceptar y facilitar la repatriación de los ciudadanos cubanos que se ordenan retirados de los Estados Unidos. Los cambios representan otro paso importante en la normalización de la relación de migración entre los dos países, y están destinados a garantizar una migración regular, segura y ordenada entre ellos.

¿QUÉ ESTÁ CAMBIANDO?

A partir de hoy, el DHS ha rescindido ciertas políticas exclusivas para los cubanos. Específicamente, el DHS ha eliminado una política de libertad condicional especial para los ciudadanos cubanos que llegan comúnmente conocidos como la política de "pie húmedo / pie seco", así como una política para los profesionales cubanos conocidos como el Programa de Libertad Condicional Médica Cubana. Es ahora la política del Departamento considerar cualquier solicitud de libertad condicional de la misma manera que las solicitudes de libertad condicional presentadas por nacionales de otros países.

 El DHS también está eliminando una exención que previamente impedía el uso de procedimientos de expulsión acelerados para los nacionales cubanos detenidos en los puertos de entrada o cerca de la frontera.

 El presente Programa de Libertad Condicional de Reunificación Familiar de Cuba no se ve afectado por este anuncio y sigue vigente.

¿POR QUÉ EL CAMBIO?

Durante décadas, el DHS y el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) han tenido políticas especiales para considerar las solicitudes de libertad condicional de los nacionales cubanos. Esas políticas estaban justificadas por ciertas circunstancias únicas, como las condiciones en Cuba, la falta de relaciones diplomáticas entre nuestros países y la negativa general del gobierno cubano a aceptar la repatriación de sus nacionales.

 En diciembre de 2014, el Presidente anunció una apertura histórica entre Estados Unidos y Cuba, así como un enfoque para restablecer las relaciones diplomáticas y ajustar las regulaciones para facilitar mayores viajes, comercio, relaciones entre pueblos y el libre flujo de información a , Desde y dentro de Cuba. Desde ese anuncio, Estados Unidos y Cuba han restablecido relaciones diplomáticas plenas y han tomado medidas concretas para mejorar la seguridad, construir puentes entre nuestros pueblos y promover la prosperidad económica para los ciudadanos de ambos países.

 El DHS también ha visto recientemente un aumento significativo en los intentos de los cubanos de ingresar a los Estados Unidos sin autorización. Muchos de esos cubanos han emprendido un peligroso viaje por América Central y México; Otros han llevado a la alta mar en el peligroso intento de cruzar el estrecho de la Florida. Este marcado aumento de la migración real y de los intentos de migración ha sido impulsado en parte por la percepción de que hay una ventana limitada antes de que Estados Unidos elimine políticas de inmigración favorables para los nacionales cubanos.

 A la luz de estos factores, el Secretario de Seguridad Nacional ha determinado que es hora de ajustar las políticas especiales de libertad condicional para los nacionales cubanos. Considerando el restablecimiento de las relaciones diplomáticas plenas, la firma de Cuba de una Declaración Conjunta obligándola a aceptar la repatriación de sus nacionales que llegan a los Estados Unidos después de la fecha del acuerdo, y otros factores, el Secretario concluyó que, con la excepción limitada de El Programa de Libertad Condicional de Reunificación Familiar de Cuba, las políticas de libertad condicional discutidas arriba 

 LA LEY DE AJUSTE CUBANO Y LA POLÍTICA CUBANA "PIES MOJADOS / PIES SECOS"

 En virtud de la Ley de Ajuste de Cuba de 1966, el estatus de cualquier nacional cubano puede ser ajustado a la de un residente permanente legal (es decir, "tarjeta verde") si: (1) fue inspeccionado y admitido o liberado en los Estados Unidos , (2) ha estado físicamente presente en los Estados Unidos durante al menos un año, y (3) es de otra manera admisible.

 La política comúnmente conocida como "pie húmedo / pie seco" se refiere generalmente a un entendimiento bajo el cual los emigrantes cubanos que viajan a los Estados Unidos que son interceptados en el mar ("pie húmedo") son devueltos a Cuba o reasentados en un tercer país, Mientras que aquellos que llegan a suelo estadounidense ("pie seco") pueden solicitar la libertad condicional y, si se les otorga, el estatus de residente permanente legal bajo la Ley de Ajuste Cubano.

 El ex INS estableció una política que alentaba fuertemente la libertad condicional de los cubanos que llegaron a los Estados Unidos para que pudieran solicitar un alivio bajo la Ley de Ajuste Cubano. El Secretario Johnson está rescindiendo esta política anticuada del INS.

DEPORTACIÓN ACELERADA

 El DHS tiene autoridad para efectuar la remoción de ciertas categorías de personas, incluidas las detenidas en los puertos de entrada o cerca de la frontera, a través de lo que se conoce como remoción acelerada. Sin embargo, de acuerdo con las leyes y políticas de larga data, los ciudadanos cubanos estaban exentos de ser removidos mediante procedimientos de expulsión acelerados.

 A la luz de los recientes cambios en las relaciones entre Estados Unidos y Cuba, el Secretario ha determinado que tales exenciones para los nacionales cubanos ya no están justificadas. Hoy en día, el Departamento está modificando sus reglamentos y emitiendo una notificación en el Registro Federal para eliminar tales exenciones de las políticas que rigen el uso de la expulsión acelerada para los nacionales cubanos que llegan por aire, tierra y mar. De inmediato, los nacionales cubanos detenidos en los puertos de entrada o cerca de la frontera podrán ser sometidos a procedimientos de expulsión expeditos de la misma manera que a los nacionales de otros países.

PROGRAMA DE PAROLE PROFESIONAL MÉDICO CUBANO

El 11 de agosto de 2006, el DHS anunció que permitiría a cierto personal médico cubano en países terceros (es decir, no Cuba o los Estados Unidos) solicitar una libertad condicional. Se solicitó a los solicitantes bajo el programa cubano profesional de libertad condicional profesional (CMPP) demostrar que eran profesionales médicos actualmente reclutados para estudiar o trabajar en un tercer país bajo la dirección del gobierno cubano. Las personas pueden solicitar la libertad condicional en una oficina de los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos, o en la embajada o consulado de los Estados Unidos, ubicada en el tercer país. Sus familiares inmediatos también eran potencialmente elegibles para libertad condicional.

 De acuerdo con la Declaración Conjunta, el DHS dejará de aceptar solicitudes de libertad condicional de profesionales médicos bajo el programa CMPP.

 PROGRAMA PAROLE DE REUNIFICACIÓN DE LA FAMILIA CUBANA

El Programa de Libertad Condicional de Reunificación Familiar de Cuba permite a los beneficiarios de ciertas solicitudes aprobadas de visa de inmigrante patrocinada por la familia viajar a los Estados Unidos antes de que sus visas de inmigrante estén disponibles, en lugar de quedarse en Cuba para esperar una visa. El programa busca acelerar la reunificación familiar a través de canales seguros, legales y ordenados de migración a Estados Unidos y desalentar la migración marítima peligrosa e irregular.

 DHS ha determinado que este programa permanecerá en su lugar porque sirve a otros intereses nacionales.

Ley de Ajuste Cubano y Peticiones familiares son dos de las tantas formas de convertirse en residentes permanentes en los Estados Unidos. La oficina legal de la abogada de Inmigración Ralip Hernández ha ayudado a innumerables cantidades de personas a ​​obtener su residencia legal en este país a través de un proceso llamado Ajuste de Estatus . Ajuste de Estatus está generalmente disponible cuando el solicitante de la residencia legal ha entrado los EE.UU. legalmente y tiene un ciudadano estadounidense o residente permanente legal que puede realizar una petición para ellos. El ajuste de estatus puede estar disponible para ciertos inmigrantes donde hay un matrimonio con un ciudadano estadounidense . Además, un hijo de un ciudadano estadounidense o hija puede solicitar a sus padres para ellos poder convertirse en residentes permanentes legales . Debido a que hay muchas variables en consideración en el Ajuste de Estatus , sobre todo si hay una entrada ilegal o la persona peticionaria no es ciudadano de Estados Unidos , le recomendamos que llame a la oficina legal de la abogada de inmigracion en Miami Ralip Hernandez para discutir su caso en especifico.

Cuestiones que se plantean en casos de Ajuste de estado migratorio:​


No todos los inmigrantes califican para obtener su residencia legal a través de Ajuste de Estatus. Uno de los requisitos básicos para ajuste de estatus migratorio es que el solicitante haya entrado legalmente, por ejemplo, mediante el uso de un visado válido. Si ha entrado ilegalmente en los EE.UU., es posible que no pueda solicitar la residencia legal en los EE.UU. Sin embargo, hay excepciones y la oficina de la abogada de inmigracion en Miami Ralip Hernandez puede ser capaz de discutir con usted si esas excepciones se aplican a su caso o no.

Otro requisito es que el solicitante no esté en "estado ilegal." Por ejemplo, si un residente permanente legal está solicitando la residencia para usted, pero su visa ha expirado, puede no ser capaz usted de cambiar su estatus. Una vez más, hay excepciones a este requisito se recomienda una consulta con un asesor legal experimentado. La oficina de la abogada de inmigracion en Miami Ralip Hernandez está aquí para que lo represente en su caso de Ajuste de Estatus migratorio.

Por último, otro de los problemas frecuentes que pueden surgir en Ajuste de los casos de estado migratorio es que el solicitante no sea "inadmisible." Hay muchos motivos de inadmisibilidad que un solicitante tiene que tener en cuenta y estar seguros de que esos motivos no se aplican a él o ella. Si un motivo de inadmisibilidad es encontrado por el oficial de Inmigración, la solicitud de ajuste de estatus puede ser negada. Sin embargo, a veces una renuncia de inadmisibilidad puede estar disponible para el solicitante. Este tipo de casos son extremadamente complicado. Si usted piensa que tiene un caso así, llame inmediatamente a la oficina de la abogada de inmigracion en Miami Ralip Hernandez. 
Le informaremos de sus opciones y sabra si podemos ayudarle...Pidanos su consulta gratis.
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